Incendio: Se quemaron dos kilómetros del área natural
Un foco de incendio que se generó cerca del kilómetro 26 y medio, entre la ruta nueva y el río, cubrió una franja de alrededor de dos kilómetros del área natural de esa zona durante el fin de semana. El fuego comenzó en la tarde del sábado y bomberos de Ciudad del Plata estuvieron trabajando hasta el domingo para evitar que el fuego llegará hasta la ruta e ingresara en los predios industriales (que actualmente funcionan como depósitos) ubicados sobre los kilómetros 26 y 25,500. Con apoyo de bomberos de Libertad y Colonia, y maquinaria de la Indendencia, cerca del mediodía el fuego quedó totalmente controlado.
El Jefe de Bomberos de Ciudad del Plata, Washington Ferrón, dijo a Radio 41 que las causas del incendio se desconoce y que se está investigando.
Este tipo de incendio suele generarse en los meses de verano a partir de algún descuido o inicio intencional, incumpliendo el edicto del fuego (Ley N° 15.896, art. 2.Código Penal arts. 206, 208 y 211, y el Decreto N° 436/007 de 19/11/2007), que establece que desde el 1º de diciembre de cada año y hasta la segunda quincena de abril del año siguiente está prohibido realizar fuegos y quemas al aire libre en todo el país.
Esta medida tiene como fin prevenir los incendios forestales durante el verano, cuando la probabilidad de que ocurran aumenta debido a las altas temperaturas y la baja humedad, entre otros factores.
¿Qué excepciones se establecen a la prohibición?
- Los fuegos para cocinar alimentos en parrilleros o similares (utilizando matachispas) y en campings organizados, colonias de vacaciones, etc., en los lugares previstos para ello.
- Los fogones de piso en campings no organizados, si se rodean de piedras, arena o tierra, dentro de un área circular de 5 metros, libre de malezas, hojarasca y otros elementos combustibles.
El fuego debe ser permanentemente vigilado y antes de retirarse del lugar deberá ser apagado totalmente.
¿Qué otras obligaciones se establecen para prevenir incendios?
Se deberá:
- Mantener limpios y vigilados los predios arbolados.
- Mantener limpias las calles cortafuegos (evitan la propagación del fuego).
- Poner los restos de poda y hojarasca en lugares apropiados, y nunca en terrenos baldíos.
- Extremar la prudencia en el uso de fuegos artificiales.
Se evitará su uso por menores de edad.
Se restringirá en zonas arboladas o con alto riesgo de incendio.
No se utilizarán en las zonas que se determine de acuerdo al riesgo de incendio.
¿Qué sanciones se establecen en caso de incumplimiento de las obligaciones para prevenir incendios?
El incumplimiento de los reglamentos de policía de fuego podrá ser sancionado con multas que van de 10 A 200 UR (Unidades Reajustables).
¿Qué penas se establecen para el delito de incendio?
El Código Penal establece que quien encienda una llama, poniendo en peligro la seguridad de personas o bienes de los demás, o lesionando esos derechos, será castigado con penas de 12 meses a 16 años de cárcel.
El incendio culpable (por negligencia, imprudencia, incumplimiento de las leyes o reglamentos) es castigado con 6 meses de prisión a 6 años de cárcel.
Además, deberán ser reparados todos los daños y perjuicios que se ocasionaren.


Fotos: Lilián Sánchez



Fotos: Portal Ciudad del Plata
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